Buscan tratar sobre tablas el proyecto de ordenanza para lograr la autonomía económica del Concejo Deliberante
El Bloque de la LLA reclama el pago de los haberes de al menos 6 empleados municipales contratados. No descartan denunciar penalmente al intendente Claudio Filippa por discriminación.
Crece el mal estar ante la falta de pago de los haberes acordados en los contratos de empleados municipales que desempeñan sus funciones en el Concejo Deliberante, el pasado 25 de agosto el presidente del cuerpo deliberativo elevó un pedido al intendente para que arbitre los medios necesarios para hacer efectivo los pagos, sin embargo, no hubo respuesta favorable. Los concejales del bloque de La Libertad Avanza buscan aprobar una ordenanza para evitar que esta situación continue y no descartan realizar una denuncia penal en contra de Claudio Filippa por discriminación.
El proyecto ingreso por mesa de entrada el 1 de septiembre bajo el número de expediente 82/26 se trata del proyecto de ordenanza de Disponibilidad y ejecución de los créditos presupuestarios correspondientes al Honorable Concejo Deliberante. Esta basado en Ley XV – Nº 5 de Municipalidades y, en particular, la Carta Orgánica Municipal de Puerto Iguazú reconocen la autonomía del Municipio y establecen un sistema de gobierno basado en la división de poderes.
Entre los fundamente remarca que la Carta Orgánica en el artículo 68°, inciso d), atribuye al Honorable Concejo Deliberante la facultad de sancionar anualmente el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos. A su vez, el inciso g) le reconoce expresamente la facultad de aprobar su propio presupuesto, con el límite del diez por ciento (10 %) del Presupuesto General. Es decir que si el Concejo Deliberante aprueba su presupuesto, las partidas correspondientes deben estar disponibles para que pueda afrontar los gastos que demanda el ejercicio de sus funciones.
Asimismo, resalta en los considerandos que en el artículo 88°, inciso j), establece entre las atribuciones del Intendente la de ejecutar y hacer cumplir el presupuesto de acuerdo con la Carta Orgánica. “De estas normas surge una regla concreta: una vez aprobadas las partidas correspondientes al Honorable Concejo Deliberante, existe una autorización legal de gasto que debe ser respetada y ejecutada conforme al destino previsto” reclaman
Desde el bloque remarcan que las partidas asignadas al Honorable Concejo Deliberante deben encontrarse efectivamente disponibles para atender los gastos e inversiones que correspondan, dentro de los procedimientos previstos por la normativa vigente y que la falta de disponibilidad oportuna de esos recursos afecta el funcionamiento del Concejo Deliberante. Puede dificultar la contratación de bienes y servicios, la adquisición de insumos, el pago de remuneraciones y la atención de los gastos necesarios para desarrollar sus tareas.
Para garantizar la autonomía económica del cuerpo deliberativo la ordenanza propone reglamentar y obligar al ejecutivo municipal que ponga a disposición las partidas presupuestarias a fin de evitar este tipo de cuestiones que afectan a un grupo de personas que no obedecerían de forma directa las órdenes del intendente.
