Buscan derogar la concesión del cobro de la Tasa de Abasto y suspenderla
El concejal Alejandro Verón remarca en el proyecto de ordenanza que es una tasa que no es auditable, ya que se desconocen los ingresos por falta de comprobantes y aún se desconocen los detalles del robo ocurrido el 11 de diciembre del 2023.
El pasado jueves tomó estado parlamentario un proyecto de ordenanza correspondiente al expediente 23/2025 que solicita la derogación de la ordenanza 48/09 que faculta del Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir contrato de concesión del servicio de cobro del Derecho de Abasto y Derecho de Inspección Bromatológica. En el año 2009, el actual intendente Claudio Filippa tercerizó el cobró de ambas tasas a favor del contador Gerardo Andrés Danielle. Desde la oposición aseguran que la tercerización hace que la misma sea inauditable y se desconozcan los ingresos reales a las arcas municipales.
En el año 2004 a través de la Resolución 77/04 serie “A” el Departamento Ejecutivo Municipal por Resolución No 77/04 modificó del Organigrama Municipal, creó el Departamento de Abasto, para el control de mercaderías que ingresan en el ejido municipal para su comercialización en el mismo. Esta tasa consiste el pago anticipado de tasas, que, según el Intendente Claudio Filippa, la misma no incide en los precios de las mercaderías en góndola ya que luego el comercio puede deducir el monto ya abonado al momento de pagar la tasa de comercio.
El proyecto de ordenanza del bloque Cambiemos, en los considerandos asegura que la constitución de la tasa y el cobro del “Derecho de Abasto” se constituye como impedimento para la circulación, comercialización y expendio de las mercaderías de productos que se encuentran habilitados para el tránsito federal e internacional en tanto son objeto de control sanitario previo por parte de otros órganos de aplicación de la normativa pertinente y que el control de alimentos se encuentra regulado en Argentina por el Código Alimentario Argentino, Ley 18.284, reglamentado por Decreto 2126/71 y Decreto 815/99, entre otras normas que ya regulan y controlan mediante organismos nacionales .
Ademas de mencionar el hurto; durante el traslado de dinero –sobre el km 1338, de la Ruta Nacional N°12; el mismo, proveniente de la recaudación de la Tasa de Abasto, ocurrido el día 11 de diciembre del 2023, aproximadamente a las 13.30h; “que no ha tenido hasta el día de la fecha, aclaraciones pertinentes sobre la situación descripta; en las reuniones de Comisión donde comparecieron los concejales y el Contador Municipal” remarcó Verón

Y aseveró “el cobro de la “Tasa de Derecho de Abasto” se constituye en una Tasa que no se puede controlar, ni auditar por los mecanismos establecidos para tal fin, puesto que el Contador Municipal, no ha concurrido al Honorable Concejo Deliberante con comprobantes e información que respalde los ingresos provenientes por el cobro de la misma. Por todo lo expuesto, no se puede corroborar la veracidad de la información volcada en las planillas enviadas por el D.E.M en la Memoria y Balance de los ejercicios vencidos”
Ante estos y otros argumentos desde el bloque Cambiemos solicitan derogar la Ordenanza N° 48/09 en todos sus términos y suspender el cobro del Derecho de Abasto. Dicho Proyecto tomo estado parlamentario y paso a la comisión de legislación y presupuesto general compuesta por Raquel Matcoski, Humberto Pereira ambos del bloque oficialista y Rodrigo Lugo del bvoque opositor.
