Tendencia: aumenta el uso de monopatines eléctricos en las calles de Iguazú

Tendencia: aumenta el uso de monopatines eléctricos en las calles de Iguazú

El incremento en el uso de monopatines eléctricos en las grandes ciudades del país llevó a la Administración Nacional de Seguridad Vial a reglamentar su uso. Se pudo notar en las últimas semanas que varios ciudadanos de Puerto Iguazú han incorporado a este vehículo como medio de movilidad para desplazarse por la ciudad.

No sólo la necesidad de llegar más pronto al trabajo, sino que desde el inicio de la pandemia puso a este tipo de vehículos en el top de medios de transporte junto con las motos, por la seguridad que brinda frente a la posibilidad de contagio del corona virus en las grandes ciudades, de a pocos comenzó a expandirse a otros puntos del país y llegó a Puerto Iguazú, que actualmente con una mayor cantidad de calles asfaltadas por el gobierno provincial, favorece al desplazamiento de dichos vehículos.

Ante el aumento de la circulación de monopatines la Administración Nacional de seguridad Vial debió emitir una nueva regulación para el uso de monopatines eléctricos en la Ciudad de Buenos Aires ya que la ley nacional de tránsito N° 24.449 no contemplaba este tipo de vehículos. La misma está vigente en todo el pais.

Principales puntos de la reglamentación:

Prohibido el uso a menores de 16 años.

Sólo una persona por vehículo.

Monopatines y patinetas eléctricas sólo podrán circular por las calles y avenidas de las ciudades.

Circular por ciclovías/sector de la calzada señalizado especialmente con una separación física o demarcación horizontal, o bicisenda/sector señalizado y acondicionado especialmente en veredas y espacios verdes.

Circular por la derecha, si no existen carriles exclusivos para ciclo rodados.

No se debe circular en contramano, por las aceras/veredas, ni por autopistas o rutas.

Contar con motor eléctrico cuya potencia máxima sea de 500 Watts.

No pueden circular monopatines con motor a combustión.

Una bocina que permita llamar la atención bajo condiciones de tránsito mediano.

Elementos reflectantes para una adecuada visibilidad.

Velocidad máxima de circulación: 30 km/h.

Obligatoriedad de uso de casco.

Deberán contar con sistema de freno que permita la detención total.

Iluminación delantera y trasera.

Nueva regulación para el uso de monopatines eléctricos en la Ciudad de Buenos Aires

En materia de incumplimiento y ley aplicable, la reglamentación también establece que para todas aquellas jurisdicciones que se encuentren adheridas a la ley nacional de tránsito Nº 24.449 y ley Nº 26.363 y sus normas reglamentarias, será aplicable el régimen de sanciones y faltas establecidas por las mismas.

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